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Entrada sin visado por turismo o tránsito (B-2) — requisitos, período de estancia, prórroga y cambio

Según el manual del Ministerio de Justicia (2026-09-18) · Traducido del original en coreano.

Esta categoría de estancia está destinada a extranjeros que desean entrar en la República de Corea sin visado por turismo o tránsito. El ámbito de actividades comprende el turismo y el tránsito, y el período de estancia será el que establezca por separado el Ministro de Justicia (법무부장관).

De un vistazo

¿A quién va dirigido? → Quienes desean entrar sin visado por turismo → Quienes desean entrar sin visado por tránsito → Personas cubiertas por un acuerdo de exención de visado → Nacionales autorizados por separado por amistad, turismo u otros intereses de Corea → ¿Puede entrar sin visado según un acuerdo o criterios establecidos aparte? → Sí, para turismo o tránsito → ① Entrada sin visado B-2 Documento: pasaporte válido → Solicita prórroga → ② Solicitud de prórroga Formulario n.º 34, pasaporte original y justificante de necesidad → Solicita cambio de categoría → ③ Solicitud de cambio de categoría Documentos no especificados → Estancia B-2 concedida Plazo máximo fijado por separado por el Ministro de Justicia → Limite la actividad a turismo o tránsito → El ámbito se basa normalmente en C-3; puede regir otro por reciprocidad → Compruebe si puede prorrogar → Por regla general, no se autoriz…

Para quién

  • Personas que desean entrar en la República de Corea sin visado por motivos turísticos
  • Personas que desean entrar en la República de Corea sin visado por motivos de tránsito
  • Personas que pueden entrar sin visado en virtud de un acuerdo de exención de visado
  • Nacionales de países a cuyos ciudadanos se permite entrar sin visado por separado por motivos de amistad internacional, turismo o intereses de la República de Corea, entre otros

Actividades permitidas

  • Se pueden realizar actividades turísticas o de tránsito.
  • El ámbito de actividades se basa, en principio, en el correspondiente a C-3 (visita de corta duración).
  • Si el ámbito de actividades se ha establecido por separado en virtud del principio de reciprocidad, se aplicará ese ámbito.
  • El extracto no especifica por separado si se permite trabajar con la categoría B-2.

Duración de la estancia

El límite máximo del período de estancia que puede concederse en cada entrada es el que establezca por separado el Ministro de Justicia. La tabla de períodos de estancia sin visado por país está presentada con fecha de referencia del 22 de septiembre de 2022.

Trámites y documentos

Entrada sin visado

  • Pasaporte válido

La categoría B-2 está destinada a personas que desean entrar sin visado. La posibilidad de entrar y el período de estancia dependerán del acuerdo de exención aplicable o de los criterios establecidos por separado.

Solicitud de prórroga del período de estancia

  • Formulario de solicitud (formulario n.º 34 (34호 서식))
  • Pasaporte original
  • Documentos que justifiquen la necesidad de prorrogar el período de estancia

La tasa de tramitación de la prórroga del período de estancia es de 60.000 wones. Por regla general, las personas que hayan entrado con la categoría B-2 no obtienen autorización para prorrogar su período de estancia.

Solicitud de cambio de categoría de estancia

Por regla general, las personas que hayan entrado con la categoría B-2 no obtienen autorización para cambiar su categoría de estancia. El extracto no indica los documentos necesarios para solicitar el cambio.

Entrada tras obtener un visado adecuado al período de estancia necesario

Si el período durante el cual se desea permanecer supera el período establecido en el acuerdo o el que determine por separado el Ministro de Justicia, se debe obtener un visado antes de entrar. El extracto no indica los documentos necesarios para solicitar el visado.

Preguntas frecuentes

Q. ¿Qué es la categoría de turismo o tránsito (B-2)?

Es una categoría destinada a personas que desean entrar en la República de Corea sin visado por turismo o tránsito. El ámbito de actividades comprende el turismo y el tránsito.

Q. ¿Cualquier persona puede entrar sin visado con la categoría B-2?

No. Debe cumplir los requisitos establecidos en un acuerdo de exención de visado o en los criterios específicos que permiten la entrada sin visado. La tabla de períodos de estancia por país incluida en el extracto tiene como fecha de referencia el 22 de septiembre de 2022.

Q. ¿Cuánto tiempo puedo permanecer con la categoría B-2?

El límite máximo del período de estancia en cada entrada es el que establezca por separado el Ministro de Justicia. Como el período puede variar según el país, se deben consultar los criterios aplicables.

Q. ¿Puedo prorrogar el período de estancia con la categoría B-2?

Por regla general, las personas que hayan entrado en virtud de un acuerdo de exención de visado o con fines turísticos o de tránsito no obtienen autorización para prorrogar su período de estancia. Entre los documentos indicados para solicitar la prórroga figuran el formulario de solicitud, el pasaporte original y los documentos que justifiquen la necesidad de la prórroga.

Q. ¿Puedo cambiar la categoría B-2 por otra categoría de estancia?

Por regla general, no se puede obtener autorización para cambiar la categoría de estancia. El extracto no indica los requisitos para posibles excepciones.

Q. ¿Qué debo hacer si quiero permanecer más tiempo del período establecido?

Si el período de estancia supera el establecido en el acuerdo o el que determine por separado el Ministro de Justicia, se debe obtener un visado antes de entrar. No se debe dar por sentado que será posible prorrogar la estancia o cambiar de categoría después de entrar.

Q. ¿Puedo trabajar con la categoría B-2?

El extracto proporcionado no especifica por separado si se permite trabajar con la categoría B-2. El ámbito de actividades indicado comprende el turismo y el tránsito, y se basa en el correspondiente a C-3, aunque puede variar en virtud del principio de reciprocidad.

Tenga en cuenta

  • Por regla general, las personas que hayan entrado con la categoría B-2 no obtienen autorización para prorrogar su período de estancia ni para cambiar su categoría de estancia.
  • Para permanecer más allá del período autorizado, se debe obtener un visado antes de entrar.
  • La fecha de referencia de la tabla de períodos de estancia por país es el 22 de septiembre de 2022. No aplique de manera uniforme los períodos indicados en la tabla como si fueran los vigentes actualmente.
  • Aunque se indiquen los documentos necesarios para solicitar una prórroga, tenga en cuenta que, por regla general, la autorización para prorrogar la estancia está restringida.

Fuente

Elaborado por IA a partir de los manuales de expedición de visados y de estancia del Ministerio de Justicia (aviso de HiKorea, en coreano). hikorea.go.kr

Es información general; la oficina de inmigración decide. Antes de solicitar, consulte las normas vigentes en HiKorea (hikorea.go.kr) o llame al 1345.